Cintillo Guerrero Vota

Marco Normativo

Marco Normativo y Documentación
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE): en su Libro Sexto, artículos 329 al 356.
Ley número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero , en su Capítulo IX, articulo 404, permite a las y los guerrerenses residentes en el extranjero votar para elegir el cargo de Gubernatura del Estado. Asimismo, en su Noveno Transitorio, señala que el voto extraterritorial se implementará en el año 2021.
Reglamento de Elecciones del INE , en su Capítulo IV, de los artículos 100 al 109, regula las disposiciones del VMRE, entre otras: la suscripción de un convenio de coordinación y colaboración con el OPL, desarrollo de estrategias de difusión, la entrega de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero (LNERE) a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) y, la integración de un Grupo de Trabajo Interinstitucional INE-OPL.

El INE tiene la atribución de integrar las Mesas de Escrutinio y Cómputo Únicas, el resguardo de los votos y el escrutinio y cómputo en un lugar único que así determine.

La emisión del voto puede ser mediante las siguientes vías:
  • Correo postal
  • Entrega personal en las embajadas o consulados
  • Vía electrónica

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero

Oficialía de Partes: Paseo Alejandro Cervantes Delgado s/n, Colonia El Porvenir, C.P. 39030

Dirección de Transparencia

Paseo Alejandro Cervantes Delgado s/n, Colonia El Porvenir, C.P. 39030

Dirección Módulo de Consulta

Boulevard René Juárez Cisneros, esquina con avenida "Los Pinos", s/n, manzana 1, fraccionamiento "Los Pinos"

Buzón de contacto